"La función del padre excede la cuestión meramente biológica o la reproducción. Se trata de una figura clave en el desarrollo de un niño ya que debe protegerlo, educarlo y ayudarlo en las distintas etapas de su crecimiento." http://definicion.de/padre/
Sin embargo y desafortunadamente el sistema institucional y legal costarricense discrimina el derecho deber de los padres hacia los hijos, incluso excluye al padre separado en la importante función para el sano crecimiento del hij@.
Código de Familia Costarricence
Artículo 56: Al declarar el divorcio, el Tribunal, tomando en cuenta el interés de los hijos menores y las aptitudes física y moral de los padres, determinara a cual de los cónyuges confía la guarda, crianza y educación de aquéllos.
Artículo 1: Es obligación del Estado costarricense proteger a la familia.
Artículo 2: La Unidad de la familia, el interés de los hijos, el de los menores y la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges, han de ser los principios fundamentales para la aplicación e interpretación de este Código.
Rodrigo Orlich S.
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